Techo de cristal, suelo pegajoso, segregación horizontal, segregación vocacional, brecha salarial… Todos estos y otros más son focos de acción principales que las asociaciones empresariales, organizaciones, fundaciones y empresas tanto públicas como privadas deberán tener muy en cuenta tras la aprobación de la Ley de Paridad o Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres.
Esta publicación legislativa, unida a la reciente aprobación de la Ley Trans, la Ley de no Discriminación y la Ley de Violencias Sexuales, hacen que nuestro país se instaure en la cabeza de los estados líderes en políticas contra la discriminación. Muy especialmente en el entorno laboral.
Programa
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Impacto de la Legislación en el Modelo de Trabajo
Xabier Peña; Comisario de la Ertzaintza experto en Violencia de Género. -
Ley de Paridad: Principales Obligaciones para Empresas Públicas y Privadas y otras Organizaciones
Carlos Lara; Abogado de Igualia -
Acciones a Desarrollar en la Empresa en materia de Paridad, Diversidad, No Discriminación y Violencias Sexuales
Angels Miró; Country Managing director en Persona Service -
La responsabilidad de las empresas en materia de paridad, no discriminación y violencias sexuales
José Andrés Valle; Abogado de Martell Abogados