Obligaciones de las empresas derivadas de la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI


La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, en su artículo 15, indica que las empresas de más de cincuenta personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para ello, las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras. El contenido y alcance de esas medidas se desarrollará reglamentariamente.

En esta jornada contaremos con profesionales que nos explicarán y detallarán la importancia de la aplicación de estas medidas, así como su puesta en marcha y procedimientos asociados.

Programa

16:00 CONFERENCIA INAUGURAL
La protección del Colectivo LGTBI en el entorno laboral. Propuesta Reglamentaria.

Toño Abad - Responsable Acción LGTBI de UGT

16:35 CONFERENCIA
El Protocolo LGTBI. La actuación de la empresa ante casos de homofobia, transfobia o lesbofobia. Aplicación método RIS.

Cristina Maestre - Gerente de Igualia. Creadora Método RIS

16:55 CONFERENCIA
El Plan de Igualdad LGTBI. Método Igualia para el diagnóstico y desarrollo del Plan.

Marian Barrera - Consultora de Igualdad en Igualia

17:15 CONFERENCIA
Criterios para la negociación del Plan LGTBI.

Eva Fernández Urbón -Secretaria Nacional Igualdad y Responsabilidad Social(CSIF)

17:30 Ruegos y preguntas.